BICENTENARIO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

 

Tomado de: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/puertas_bicentenario

 

PROGRAMA PUERTAS DEL BICENTENARIO

 

El Programa Puertas del Bicentenario está orientado a preparar a la Ciudad de Buenos Aires para celebrar los 200 años del 25 de mayo de 1810.

 

Creado por Decreto N° 419-GCABA-2006 [ver abajo] del 2 de mayo de 2006 e incorporado a la Ley de Ministerios N° 1925 sancionada por la Legislatura el día 23 marzo de 2006; ha tomado como antecedente los términos de la Ley Nº 1787 de fecha 15 de septiembre del 2005.

El Programa del Bicentenario debe dedicarse a proponer e implementar acciones y obras que permitan a la Ciudad recibir el año 2010, año del bicentenario de la Revolución de Mayo, en condiciones óptimas.

 

La tarea puede clasificarse en tres grandes dimensiones: La primera dimensión  se refiere a cómo la Ciudad se prepara desde la infraestructura física: obras, mantenimiento, movilidad, entre otros, para la nueva era. En tal sentido  sintetizamos en una pregunta la idea a transmitir: ¿Qué Ciudad queremos?.


Observando ejemplos de otras ciudades del mundo verificamos que los grandes eventos, celebraciones, olimpiadas, aniversarios, fin del milenio, han constituido un hito importante en el urbanismo y la planificación de las ciudades.

 

El emplazamiento de monumentos o grandes obras de infraestructura pública predispone a los ciudadanos, a la región y al mundo a poner la mirada sobre la ciudad, la que inmediatamente se constituye en un ícono, a la par del evento mismo.

La segunda dimensión del Programa del Bicentenario la podríamos resumir con la siguiente pregunta: ¿Con qué Gobierno la hacemos?. Es importante señalar que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no cuenta aún con todas sus herramientas jurídicas establecidas en su Constitución de 1996.


La celebración del Bicentenario y las obras que la Ciudad debe encarar son una muy buena oportunidad para debatir el perfil del Gobierno Local de acuerdo con las nuevas exigencias.

 

El 2010 nos encontrará, seguramente, con autoridades comunales electas y un nuevo diseño de relación entre los vecinos con el Gobierno Comunal y el Gobierno Local.


La interacción de estas esferas de gobierno obligarán a pensar más en un estado provincial que en una ciudad-estado. En tal sentido debemos abordar temas como el traspaso de las competencias en materia de seguridad, justicia, registros, puerto, transporte, entre otras.

 

La Revolución del 25 de mayo de 1810 tuvo un componente eminentemente local, desde Buenos Aires se extendió al resto del país. Es un gesto simbólico, doscientos años después, luego de siglos de tensión entre Buenos Aires y el resto de las provincias, reafirmar la identidad de Buenos Aires, como Ciudad Autónoma, sede del Gobierno Nacional, pero con un estado local que debe ir asumiendo todas sus responsabilidades.


El Estado del Bicentenario debe construirse hoy en ese debate, donde intervengan todos los actores sociales y políticos. Es una tarea del gobierno actual proponer un documento de discusión así como las propuestas legislativas en materia, por ejemplo, de ley electoral, partidos políticos, división territorial integral, traspaso de competencias federales.

 

La tercera dimensión del Programa del Bicentenario es la importancia de la participación social en el diseño e implementación de políticas y acciones en miras al Bicentenario.


Desde la celebración del centenario de la revolución en 1910, la participación de la gente en los festejos fue diluyéndose y quedó reducida a la condición de espectadores.


El Bicentenario debe pensarse como una meta donde la celebración del 2010 sea genuinamente inclusiva y amplia. Convocando a los sectores sociales, del trabajo, de la producción, religiosos, políticos; incluyendo a las minorías, a los inmigrantes, en un debate de corto y mediano plazo.

 

La existencia de Consejos de Participación activos en el ámbito local, permiten una convocatoria a pensar el 2010 desde cada sector. Se trata de convocar a los Consejos de Planeamiento Estratégico, al Consejo del Plan Urbano Ambiental; reunir en una jornada todas las visiones que ya están elaboradas sobre el 2010 para aprovechar el recurso disponible y no superponer acciones de participación.


Es necesario estimular la participación, trazar un marco ideológico, filosófico e histórico de base. Para eso pensamos en convocar a los intelectuales, académicos y pensadores para elaborar un documento base que transmita la idea de la década del Bicentenario de la Independencia desde una visión local.

 

Desde la coordinación del Programa Puertas del Bicentenario proponemos además distintas acciones para implementar inmediatamente, un concurso de logo y sello, un tablero de control, un CD con la situación de la ciudad en el pasado, en el presente y su proyección al 2010, un documental en cortometraje, un reconocimiento de 200 personalidades, un concurso de estatuillas, un concurso de afiches, un foro de Intendentes de Capitales de Provincias, un Foro de Intendentes de Capitales de países Latinoamericanos, un concurso Internacional de un monumento ícono y una Feria Internacional.

 

DECRETO N° 419
Crea la Unidad de Proyectos Especiales "Puertas del Bicentenario"

 

Buenos Aires, 2 de mayo de 2006.

Visto el Expediente N° 23.760/06, y


CONSIDERANDO:


Que es necesario preparar a la Ciudad de Buenos Aires para recibir el Bicentenario del 25 de Mayo de 1810;


Que en ese contexto se deben analizar las distintas políticas de estado que se llevarán a cabo y que deberán ser delimitadas en pocos temas, de fuerte consenso, que por su temporalidad, magnitud o impacto, podrán ser ejecutadas durante la actual gestión o en más de un mandato de gobierno;


Que distintas ciudades capitales del mundo celebraron el bicentenario de sus respectivos países, mostrando desde ese lugar sus valores, su historia, su cultura y el espíritu de cada Nación, destinando esfuerzos y presupuestos importantes que significaron una inversión altamente productiva por los resultados finales obtenidos;


Que para ello es menester crear un programa que reúna dichos objetivos;


Que el diseñar cada objetivo del programa como una Política de Estado, no debe ser una limitante para su realización en términos de tiempo, sino que, por el contrario, deberá tener lapsos de ejecución estrictos, porque su elaboración deberá ser avalada y "auditada" por los principales actores políticos, sociales y económicos de la Ciudad de Buenos Aires;


Que la Ciudad de Buenos Aires, deberá convocar a todas las provincias del país a participar de esta fecha, que seguramente tendrá su correlato el 9 de julio del 2016, fecha conmemorativa bicentenaria de nuestra Independencia;


Que para llevar adelante estos proyectos, transversales a la organización funcional del Estado de la Ciudad, se requiere una fuerte concentración de decisión y acción por parte del Poder Ejecutivo, ya que están involucradas gran cantidad de dependencias y actores del Gobierno de la Ciudad;


Que se considera apropiado la creación de una Unidad de Proyectos Especiales (UPE) que permite la adaptación necesaria para llevar adelante estos programas y para la ejecución de los proyectos que se aprueben;


Que es necesario dotar a esta unidad de las facultades correspondientes para el logro de los objetivos propuestos y para que se materialice en una estructura ágil, eficaz y eficiente.


Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Puertas del Bicentenario", con dependencia directa del señor Jefe de Gobierno.


Artículo 2° - La Unidad de Proyectos Especiales creada en el artículo anterior tiene como responsabilidad primaria: la elaboración, diseño, planificación y ejecución del "Programa Puertas del Bicentenario", que contemplará todos los proyectos que deberán ser ejecutados para las festividades a realizarse el 25 de mayo de 2010 y el 9 de julio de 2016.


Artículo 3° - La ejecución del programa, previa aprobación por el señor Jefe de Gobierno, estará a cargo de la UPE y será realizada conformando una estructura de Coordinación Unificada del Programa con cada uno de los Ministerios, Secretarías del Gobierno de la Ciudad y demás organizaciones involucrados funcional y operativamente con su ejecución, pudiendo además ejecutar por sí todas las acciones tendientes al cumplimiento del objetivo de su creación.


Artículo 4° - La UPE, dentro de los treinta (30) días, deberá presentar el proyecto de estructura orgánica funcional pertinente y las necesidades de recursos humanos, bienes y presupuesto que se afectarán a la misma para su normal desenvolvimiento.


Artículo 5° - Desígnase como responsable de la UPE "Puertas del Bicentenario", al actual Director del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ingeniero Juan Pablo Schiavi, DNI 10.693.682, con rango, remuneración, responsabilidades y facultades equivalentes a Ministro, reteniendo su cargo en el Directorio del EURSPCABA, con licencia sin goce de haberes por desempeño de una función de mayor jerarquía. Desígnase a su vez al señor Jorge Srur, DNI 18.014.464, con rango, remuneración y responsabilidades equivalentes a Subsecretario.


Artículo 6° - El Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas necesarias para atender los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto.


Artículo 7° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Gobierno.

 


Artículo 8° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

 

TELERMAN - Nielsen - Gorgal

 

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